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En el presente informativo te brindamos más información de cada tipo de acoso, los efectos negativos para la salud mental y organizaciones que pueden apoyarte.

 

¿Qué es el acoso? El acoso según la RAE hace referencia a la acción de perseguir a una persona sin dar descanso, esto de forma insistente desarrollando molestias o requerimientos de otras personas. Por lo tanto, será toda aquella conducta ofensiva que desarrolle molestias en la persona que ha vivenciado este abuso.

Tipos de acoso: Existen diferentes tipos de comportamientos que pueden ser consideradas como acoso. Te comentamos los tipos de acoso más conocidos:

Acoso escolar o bullying: Este tipo de acoso es uno de los tipos más conocido en la actualidad en el ámbito escolar. Este tipo de acoso se caracteriza principalmente por cualquier tipo de maltrato o agresión psicológica, verbal o física que se lleve a cabo dentro de del entorno escolar. Este tipo de maltrato se distingue porque el acosador intimida constantemente al menor, lo cual implica un abuso de poder por una persona o un grupo de personas. Las consecuencias de este maltrato pueden ser tanto físicas como psicológicas. Dentro de las cuales se incluyen:

  • Temor de asistir a la escuela.
  • Moretones en diferentes partes del cuerpo.
  • Aislamiento.
  • Ansiedad y nerviosismo.
  • Depresión.
  • Suicidio.

Estas situaciones pueden generar muchas emociones, pero es importante que puedas comentarlo con alguien de confianza o comunicarte con entidades. Si la sobreviviente o el sobreviviente es menor de edad, puedes dirigirte a las instituciones de niñez y adolescencia como:

Acoso laboral o mobbing: Este tipo de acoso consiste en una forma de maltrato o agresión a nivel psicológico a través de conductas como burlas, amenazas, propagación de falsos rumores, groserías o apartando a la víctima del resto del grupo el cual se da dentro del espacio de trabajo. Puede ser llevado a cabo por una o más personas.

Como consecuencia en el ámbito laboral se desarrollan consecuencias dentro de las cuales podemos mencionar:

  • Potente fuente de estrés que puede llegar a convertirse en crónico e incluso a desencadenar un trastorno de estrés post-traumático (TEPT).
  • Síndrome de Burnout (síndrome de quemado por el trabajo)
  • Depresión
  • Aislamiento

Si consideras que eres víctima de acoso laboral puedes comunicarte a los siguientes números telefónicos:

  • Atención a la víctima: 2329-0088 y 4012-6777
  • Ministerio de trabajo y prevención social 1511
  • Denuncia violencia a la Procuraduría de los Derechos Humanos: 1555- 2424 1717

Acoso sexual: Por acoso sexual se entienden todo aquel tipo de conductas intimidantes o represivas de naturaleza sexual. Este tipo de agresiones pueden ser físicas, verbales o no verbales e incluyen:

  • Actos de violencia física, tocamientos o acercamientos no deseados.
  • Comentarios o reclamos al aspecto físico o vida privada de la persona quien ha vivenciado el suceso, así como supuestos cumplidos o piropos.
  • Gestos de naturaleza sexual (miradas, silbidos).
  • Violación a la intimidad, amenazas o comentarios constante sobre distribución de imágenes intimas con el fin de obtener favores sexuales a cambio.

Estas conductas pueden llegar a ser desde conductas levemente molestas para la persona acosada, hasta abusos graves con la finalidad de proceder en un posible acto sexual o violación.

 

Ciberacoso o ciberstalking: También conocido como acoso virtual o cibernético, es uno de los más conocidos actualmente por el uso de la tecnología. Este tipo de acoso tiene como característica que la persona o grupo acosador se aprovecha de medios de comunicación digitales o redes sociales para cometer una serie de agresiones personales, propagación de información confidencial (fotografías intimas, videos, etc.) o falsos rumores.

La motivación principal de un ciberacosador es la de causar malestar y angustia psicológica y emocional. Como consecuencias psicológicas podemos mencionar:

  • Miedo, culpa, frustración, etc.
  • Ansiedad
  • Depresión
  • Aislamiento
  • Baja autoestima
  • Suicidio

Si consideras que has vivenciado acoso sexual o ciberacoso, recuerda que este tipo de hechos pueden considerarse un delito de violación a la intimidad sexual. El artículo 190 del Código Penal recoge el delito. Puedes comunicarte a:

  • Ministerio Público: 2411-9191
  • Atención a la víctima: 2329-0088 y 4012-6777
  • Atención a mujeres víctimas de violencia: 1572
  • Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas -SVET- 2504-8888

Acoso físico o stalking: El acoso físico que consiste en mantener un seguimiento constante a la persona con la finalidad de establecer un contacto contra la voluntad de esta. Este tipo de acoso suele tener una raíz en algún tipo de obsesión que el acosador desarrolla hacia la otra persona, llevando a cabo conductas como:

  • Espiar.
  • Seguir a la persona.
  • Llamar o escribirle mensajes de texto constantemente.
  • Amenazarlo/a.
  • Conductas violentas hacia la persona acosada.

Ante cualquier emergencia puedes contactar a:

  • Policía Nacional Civil: 110
  • Ministerio Público: 2411-9191
  • Denuncias confidenciales MP: 1518

Si consideras que estás siendo víctima de algún tipo de acoso, recuerda que no te encuentras solo o sola en esta situación. Hay organizaciones que pueden apoyarte puedes escribirnos para recibir más información sobre este tema o para conocer diferentes opciones de apoyo, puedes escribirnos por WhatsApp en este enlace: https://bit.ly/33vwpwo o Facebook seleccionando el siguiente enlace:https://www.facebook.com/CuentGT/


Fuentes:

Cuéntanos, Guatemala (2022). Cuéntanos.org. Información sobre números de contacto para informar de alguna situación inusual.https://bit.ly/39Mkvyh

Rovira, Isabel. (23 de enero 2018). Psicología y mente. Información sobre tipos de acoso y sus características.https://bit.ly/3x8Scm8